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Estructura de capital y política de dividendos (página 2)



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El pago de dividendos en efectivo a los tenedores de acciones de las corporaciones es decidido por la junta directiva. Los directores suelen realizar juntas trimestrales o semestrales a fin de evaluar el desempeño financiero de la empresa durante el período anterior, así como obtener una perspectiva de cuantos y en que forma habrán de pagarse los dividendos. Debe establecerse, la fecha de pago.

  • Monto de los dividendos: Las decisiones en torno sí habrán de pagarse dividendos, depende en gran medida de la política que al respecto es adoptada por la empresa.

  • Fechas importantes: Si los ejecutivos de la empresa declaran un dividendo, se indicará, asimismo el registro y fecha de los pagos relacionados con este. Normalmente los directores emiten un informe en donde se indica la decisión, fecha de registro y fecha de distribución de los dividendos.

  • Fecha de registro: Todas las personas cuyos nombres aparezcan como accionistas en la fecha de registro, la cual es establecida por los directores, recibirán en una fecha específica un dividendo declarado. Suele denominarse a estos accionistas tenedores de registros. Debido al tiempo requerido para registrar la negociación de acciones, estas comenzarán a venderse exdividendos cuatro días hábiles antes de la fecha de registro. Un procedimiento sencillo para determinar el primer día en que las acciones se venden exdividendos consiste en sustraer cuatro días de la fecha de registro; si se presenta un fin de semana, réstense seis días. Los compradores de acciones que venden exdividendos no reciben dividendos normales.

  • Fecha de pago: Esta es también establecida por los directores, generalmente algunas semanas después de la fecha de registro. La fecha de pago es la fecha real en la que la empresa enviará el pago de dividendo a los tenedores de registro.

3.- Aspectos Legales de la Distribución de Dividendos:

Según el Código de Comercio:

  • No pueden pagarse dividendos a los accionistas sino por utilidades líquidas y recaudadas.

  • Ni en la escritura constitutiva, ni en los estatutos, ni en otros documentos podrán las sociedades establecer interés a favor de sus acciones. Los accionistas no están obligados a restituir los dividendos que hayan percibido en virtud de balances sociales hechos de buena fe.

  • La acción en repetición se prescribe en todo caso por cinco años contados desde el día fijado para la distribución.

Emisión de Nuevas Acciones

El capital de las empresas está representado por acciones, las cuales representan la parte proporcional del capital de al sociedad, así como los derechos que confieren a sus poseedores. Las acciones comunes o preferentes son aquellas que emite una sociedad para ser colocadas entre el público inversionista, de igual forma el capital común nuevo que desee emitir una empresa, puede ser colocado en ofertas privadas de acciones, las cuales se llevan a cabo por promotores privados o entre inversionistas conocidos por los administradores de la empresa.

Como herramienta de financiamiento, las acciones comunes tienen dos objetivos fundamentales:

  • Emisión de acciones comunes para incrementar el capital social de la empresa y de esta forma incorporar nuevos recursos económicos en la operación de la misma, generalmente para llevar a cabo algún proyecto de inversión de gran envergadura.

  • Colocar entre el público inversionista parte de las acciones comunes en poder de los accionistas de la empresa, para que estos recuperen la proporción de la inversión que requieran y que ponen a la venta, con lo que se da mayor liquidez individual a los accionistas y se incorporan nuevos inversionistas a la empresa.

4.1- Parámetros Legales de la Emisión de Nuevas Acciones

Según el Código de Comercio

  • Las acciones deben ser de igual valor y dan a sus tenedores iguales derechos, si los estatutos no disponen otra cosa. Las acciones pueden ser nominativas o al portador.

  • El título de las opciones nominativas o al portador debe contener:

  • El nombre de la compañía, su domicilio, el lugar en que se encuentren los estatutos, con expresión de la fecha y numero del registro.

  • El monto del capital social, el precio de la acción, y si hay varias clases de éstas las preferencias que respectivamente tengan, y el monto de las diversas clases.

  • La fecha en que conformen a los estatutos haya de verificarse la asamblea anual ordinaria.

  • La duración de la compañía. Las acciones deben ser firmadas por dos administradores por lo menos, o por el administrador de la compañía, si es uno solo.

  • Las acciones que no estén íntegramente pagadas son siempre nominativas de ellas y sus cesionarios sucesivos son responsables total de dicha acciones.

  • En el caso de falta de pago de cuotas debidas por acciones suscritas, la sociedad puede hacer vender los certificados por cuenta del accionista, por medio de un corredor o en pública almoneda, sin perjuicio del derecho que tiene para obrar contra el suscriptor y el cesionario para el pago de la suscripción.

El adjudicatario de la acción se subroga en todos los derechos y obligaciones del accionista, quedando éste subsidiariamente responsable del cumplimiento de dichas obligaciones.

Si puesta en venta la acción no hubiere oferta, la compañía puede anularla aprovechándose de los pagos hechos a cuenta de ella. La anulación se publicará expresándose el número de la acción anulada.

  • La propiedad de las acciones nominativas se prueba con su inscripción en los libros de la compañía, y la cesión de ellas se hace por declaración en los mismos libros, firmada por el cedente y por el cesionario o por sus apoderados.

  • En caso de muerte del accionista, y no formulándose oposición, bastará para obtener la declaración del cambio de propiedad en el libro respectivo y en los títulos de las acciones, la presentación de estos títulos, de la partida de defunción y, si la compañía lo exige, un justificativo declarado bastante por el tribunal de 1° Instancia en lo Civil, para comprobar la cualidad de heredero.

  • La propiedad de las acciones al portador se transfiere por tradición del título. Si pertenecieren a menores y fueren vendidas sin los requisitos establecidos en el articulo 366 del Código Civil, la venta no se anula, pero quedan al menor todos sus derechos contra el tutor.

  • Las acciones al portador pueden cambiarse por nominativas y éstas por acciones al portador, salvo en el último caso, lo dispuesto en el articulo 294. (que no este totalmente cancelado).

  • Si una acción nominativa se hace propiedad de varias personas, la compañía no esta obligada a inscribir ni a reconocer sino a una sola, que los propietarios deben designar como único dueño.

4.2- Preferencia en la Adquisición de Nuevas Acciones

Derecho de prioridad. Con un derecho de prioridad, los accionistas comunes actuales tiene el derecho de conservar su propiedad proporcional en la corporación. Si ésta emite acciones comunes adicionales se le s debe conceder el derecho de suscribir las nuevas acciones para que puedan mantener su interés pro rata en la compañía. Usted podría ser propietario de cien acciones de una corporación que decide emitir una nueva oferta de acciones de la compañía con el propósito de incrementar las acciones en manos del público en 10%. Si tiene derecho de prioridad, se le debe dar la opción de comprar diez acciones adicionales, para que pueda conservar su propiedad proporcional, pero la mayoría señala que un accionista tiene derecho de prioridad a menos que la escritura constitutiva se lo niegue

Oferta pública de valores. La banca de intervención actúa como intermediario en la distribución de nuevos valores entre el público. Su principal función es comprar los valore de la compañía y revenderlos a los accionistas. Los bancos de inversión poseen el conocimientos, los contactos y la organización de ventas necesaria para realizar un trabajo eficiente de comercialización de los valores entre los inversionistas, puesto que están todo el tiempo dentro del negocio de comprar valores de la compañía y venderlos a los inversionistas, este tipo de bancos generalmente puede realizar dicho servicio a un costo más bajo que lo que implicaría para una empresa individual.

Hay dos medios por los cuales la compañía ofrecen valores al público. La suscripción tradicional y un registro de anaquel. En años recientes, este último sé a convertido en el medio dominante, por lo menos con respecto a las corporaciones más grandes.

Suscripción tradicional. Cuando una institución bancaria de inversión compra una emisión de valores, suscribe la venta de la emisión dándole a la compañía un cheque por el precio de compra. En ese momento la compañía queda liberada del registro de no poder vender la emisión al precio establecido. Si la emisión no se vende bien, ya sea a causa de un cambio adverso en el mercado o porque tiene un precio excesivo. Es el suscriptor, no la compañía, quien absorbe la pérdida. De manera que el banco de inversión asegura, o suscribe, el riesgo de fluctuación adversas en el precio de mercado durante el periodo de distribución.

Una suscripción tradicional puede realizarse sobre bases de licitación competitiva o negociadas. Con una licitación competitiva, la compañía emisora especifica la fecha en que se recibirán las licitaciones selladas, y los grupos e bancos que participan entregan licitaciones en el tiempo y lugar determinados. El grupo que tiene la licitación más alta es la que gana la emisión de valor, con una oferta negociada, la compañía emisora selecciona un banco de inversión y trabaja directamente con esa empresa para determinar las características básicas de esa emisión. La función de los bancos de inversión de soportar el riesgo está compensada por las utilidades obtenidas de la suscripción.

4.3- Posibilidades de Nuevo Capital a Través del Ingreso de Nuevos Socios

Como fuente de financiamiento, la emisión de nuevo capital social común y consecuentemente la incorporación de recursos frescos a la empresa es muy importante, ya que se logran los siguientes elementos financiamientos:

  • Se solidifica la estructura financiera de la empresa, pues se incorporan nuevos recursos cuya contra partida es el capital social.

  • Se reduce el nivel de apalancamiento, pues los nuevos recursos no provienen de pasivos, sino del capital social.

  • Se reduce el costo financiero (intereses a cargo) al no contratar nuevos pasivos.

  • Se reduce la carga financiera al no impactar al flujo de efectivo de la empresa con amortizaciones periódicas de capital e intereses tal y como se generaría con un pasivo.

  • Los nuevos accionistas pueden ser incorporados a la administración de la empresa, lo que ejercería presiones para profesionalizar y hacer más eficiente su administración, además de tener nuevas "fuentes" de ideas y tecnologías.

Los Inconvenientes principales de una nueva emisión de acciones se resumen en dos importantes puntos:

  • Los recursos obtenidos son más caros que los provenientes de fuentes de pasivos, ya que los dividendos (costo de capital recibido) no son deducibles de impuestos, tal y como son los intereses pagados por los pasivos.

  • Se reduce el rendimiento de la inversión de accionistas con los recursos provenientes del capital en relación con recursos provenientes del pasivo.

Para que la emisión de acciones sea una fuente de financiamiento, se requiere que sean colocadas por medio de una oferta primaria de acciones, sea esta pública o privada.

La oferta primaria de acciones es aquella que se pone a disposición de los inversionistas por primera vez, de tal manera que los recursos invertidos por estos llegan directamente a las arcas de la empresa, cuando se trata de un aumento de capital. La colocación secundaria de acciones es la que se da en momentos posteriores a la primaria y es la circulación de acciones con el objeto de especular con ellas y obtener beneficios económicos, o bien para recuperar la inversión que tiene en acciones de las empresas, sin que estos recursos pasen por las arcas de la tesorería de la sociedad.

Son títulos nominativos, que representan cada una de las partes iguales en que es dividido el capital social de una empresa e incorporar los derechos y las obligaciones de los socios, son emitidos por personas morales, sirven para: comprar activos fijos, realizar planes de expansión o financiar proyectos de inversión, están garantizadas por el prestigio de la empresa emisora, siendo su plazo la vida de la empresa, su valor depende de lo que establezcan los estatutos de la empresa y pueden ser adquiridas por personas físicas o morales, nacionales o extranjeras de acuerdo con los estatutos.

 

 

Autor:

Malavé Nathaly

Márquez Liseth

Montenegro María

Ortega Yudith

Enviado por:

Iván José Turmero Astros

Monografias.com

Universidad Nacional Experimental Politécnica

"Antonio José de Sucre"

Vice-rectorado Puerto Ordaz

Departamento de Ingeniería Industrial

Cátedra: Ingeniería financiera

Profesor: Ing. Andrés Blanco

PUERTO ORDAZ, DICIEMBRE DE 2005

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